Llegó la hora de saber quién es el ganador: el viernes 24 de abril de 2026, a las 21hs, a través de Lotería de la Ciudad "La Nocturna", se realizará el sorteo del BONO PERDIO a beneficio del Predio de Guernica.

La venta de bonos finalizó el miércoles 22 de abril de 2026. El listado está certificado por un Escribano Público Nacional y, tras el sorteo, el lunes 27 de abril de 2026 se proclamará al ganador con certificación de un Escribano Público Nacional.

Si el número ganador del sorteo de la “Nocturna” del día señalado no se encontrara entre los números vendidos de acuerdo con el listado hecho público con certificación de Escribano Público Nacional, la rifa será declarada desierta.

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A continuación, dejamos el Reglamento Bono Predio.

REGLAMENTO DEL BONO SOLIDARIO – CLUB ATLÉTICO TEMPERLEY

ARTÍCULO 1° – ORGANIZADOR

El presente Bono Solidario es organizado por el Club Atlético Temperley, con domicilio legal en la Ciudad de Temperley, Provincia de Buenos Aires (en adelante, “EL CLUB”).

ARTÍCULO 2° – OBJETO

El Bono Solidario tiene por objeto recaudar fondos destinados al desarrollo y construcción del predio deportivo del Club en la localidad de Guernica, mediante la participación en un sorteo con premio determinado.

ARTÍCULO 3° – PREMIO

Se establece como único premio un automóvil Volkswagen Polo Track 0 km. El premio no será canjeable por dinero en efectivo ni por otros bienes o servicios.

ARTÍCULO 4° – SISTEMA DE SORTEO

El bono ganador será determinado por los cuatro (4) números del primer premio del sorteo “La Nocturna” de la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente al día 24 de abril de 2026.

El sorteo se realizará sin intervención directa de EL CLUB, utilizando como referencia el resultado oficial de la lotería indicada.

ARTÍCULO 5° – PLAZO DE VENTA

La comercialización de los bonos finalizará indefectiblemente a las 00:00 horas del día miércoles 22 de abril de 2026. Vencido dicho plazo, no se admitirán nuevas participaciones.

ARTÍCULO 6° – REGISTRO DE PARTICIPANTES

EL CLUB confeccionará un listado completo de los adquirentes, indicando:

• Nombre y apellido

• Número de bono

• Documento de identidad (cuando corresponda)

Dicho listado será publicado el día jueves 23 de abril de 2026 en el sitio web institucional y redes sociales oficiales, con certificación notarial.

ARTÍCULO 7° – PROCLAMACIÓN DEL GANADOR

El ganador será proclamado el día lunes 27 de abril de 2026, mediante acta certificada por Escribano Público Nacional. EL CLUB comunicará el resultado por sus medios oficiales.

En el mismo acto, el Club hará público el balance del dinero recaudado.

En caso de que el número favorecido no corresponda a un bono vendido, el sorteo será declarado desierto. El Club destinará el total del dinero recaudado a beneficio del Predio de Guernica.

Si el ganador manifestara voluntad de donar el premio, EL CLUB procederá a subastarlo, con base del 50% del valor de mercado.

ARTÍCULO 8° – CONDICIONES PARA LA ENTREGA DEL PREMIO

El ganador deberá:

a) Acreditar identidad.

b) Cumplir con los requisitos administrativos exigidos.

Los gastos de patentamiento, transferencia, seguros e impuestos estarán a cargo del ganador.

ARTÍCULO 9° – RESPONSABILIDAD

EL CLUB no será responsable por:

• Errores en datos suministrados por los participantes.

• Fuerza mayor o caso fortuito.

El sorteo se rige exclusivamente por el presente reglamento.

ARTÍCULO 10° – ACEPTACIÓN

La adquisición del bono implica:

✔ Conocimiento íntegro

✔ Aceptación plena

✔ Renuncia a reclamos no previstos del presente reglamento.

ARTÍCULO 11° – MODIFICACIONES

EL CLUB se reserva el derecho de modificar el presente reglamento por razones fundadas, garantizando la transparencia y publicidad correspondiente.

ARTÍCULO 12° – JURISDICCIÓN

Para toda cuestión judicial derivada del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, con renuncia a cualquier otro fuero.